Competencias:
Compete al Ministro de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, asistir al Gobernador de la Provincia, en todo lo concerniente a la política fiscal, parafiscal de administración de los bienes de la Provincia, la referida a los servicios públicos de jurisdicción provincial, transporte de pasajeros y carga y en la elaboración y ejecución de las políticas para el crecimiento y el progreso y, en especial:
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Entender en la elaboración del Presupuesto General del Gobierno de la Provincia, la ejecución de la política presupuestaria y de la contabilidad pública, la fiscalización de gastos e inversiones y la formulación de la Cuenta General del Ejercicio.
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Entender en los subsistemas del sistema integrado de administración financiera, tesorería, presupuesto, contabilidad, crédito público e inversión pública provincial.
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Entender en la recaudación de las rentas de la Provincia y en la formulación, reglamentación, ejecución y fiscalización de la política tributaria, procurando el mayor grado de equidad tributaria y la expansión del universo contributivo.
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Establecer mecanismos de programación y planificación financiera a efectos de generar previsibilidad a quienes interactúan con el Estado.
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Entender en la realización y actualización del catastro, del registro de la propiedad inmobiliaria privada y fiscal y en los demás derechos reales inmobiliarios.
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Entender en la preservación y control del patrimonio físico del Estado.
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Entender en el desarrollo de las tierras fiscales.
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Entender en la política de proveer a las necesidades de la prosperidad económica y las necesidades de las obras públicas de interés provincial y, de las obras públicas de interés municipal, a través de los Intendentes Municipales, que actuarán como agentes del Gobernador, en los términos de una Ley específica.
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Entender en las relaciones con los Municipios vinculadas a la descentralización de recursos, infraestructura y servicios.
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Entender en la elaboración y ejecución del plan único de obras públicas de la Provincia, implementando acuerdos con los restantes Ministros para los planes de construcciones escolares y hospitalarias.
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Entender en lo referido al sistema normativo de las obras públicas.
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Entender en la formulación de planes de obras públicas y de emprendimientos susceptibles de crear inmediatas fuentes de trabajo.
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Entender en las políticas de promoción y proveer sistemas para optimizar las soluciones habitacionales, contemplando además la infraestructura mínima para los sectores más carentes de la sociedad.
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Entender en las relaciones con las entidades autárquicas creadas por Ley Nacional Nº 24.464 y por Leyes Provinciales 5.167 y 6.843.
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Entender en la planificación y ejecución de las obras necesarias para conservar y mejorar la capacidad instalada de la infraestructura educativa, cultural, deportiva y de salud, coordinando con los Ministros que correspondan, los pertinentes planes.
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Entender en las obras necesarias para el aprovechamiento de las cuencas y recursos hídricos.
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Entender en la aplicación del Sistema de Contrataciones de la Provincia.
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Entender en la elaboración de las estadísticas, censos e investigaciones.
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Entender en las políticas de servicios públicos provinciales, en especial, las de transporte de pasajeros y cargas, propendiendo a su mejora y facilitando el acceso al transporte para el sector productivo y la población en general.
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Entender en las relaciones del Poder Ejecutivo con los respectivos organismos reguladores de servicios públicos.
Misión y Visión Institucional
El Ministerio de Finanzas y Obras Públicas desarrolla su actividad en los siguientes grandes ámbitos de acción: Área Central del Ministerio, Área de Ingresos Públicos, Área de Administración Financiera y Área de Obras Públicas.
Las actividades centrales del Ministerio de Finanzas y Obras Públicas, consisten en la conducción superior de dicha Cartera de Estado. Se elaboran propuestas al Poder Ejecutivo de soluciones alternativas tendientes a lograr la reestructuración del Estado Provincial en el marco de la Reforma del Estado, permitiendo una adecuada reasignación de recursos tendientes a obtener con mayor eficacia y economicidad la promoción de políticas que incrementen el bien común.
Funciones:
Asistir al Gobernador de la Provincia, en todo lo concerniente a la política fiscal, parafiscal y de administración de los bienes de la Provincia y en todo lo concerniente a la elaboración y ejecución de las políticas para el crecimiento, el progreso y el desarrollo sustentable.
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Entender en la elaboración del Presupuesto General del Gobierno de la Provincia, la ejecución de la política presupuestaria y de la contabilidad pública, la fiscalización de gastos e inversiones y la formulación de la Cuenta General del Ejercicio.
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Entender en los subsistemas del sistema integrado de administración financiera, tesorería, presupuesto, contabilidad, crédito público e inversión pública provincial.
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Entender en la recaudación de las rentas de la Provincia y en la formulación, reglamentación, ejecución y fiscalización de la política tributaria, procurando el mayor grado de equidad tributaria y la expansión del universo contributivo.
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Establecer mecanismos de programación y planificación financiera a efectos de generar previsibilidad a quienes interactúan con el Estado.
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Entender en la realización y actualización del catastro, del registro de la propiedad inmobiliaria privada y fiscal y en los demás derechos reales inmobiliarios.
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Entender en la preservación y control del patrimonio físico del Estado.
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Entender en la política de proveer a las necesidades de la prosperidad económica y las necesidades de las obras públicas de interés provincial y, de las obras públicas de interés municipal a través de los Intendentes Municipales, que actuarán como agentes del Gobernador, en los términos de una Ley específica.
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Entender en la elaboración y ejecución del plan único de obras públicas de la Provincia, implementando acuerdos con los restantes Ministros para los planes de construcciones escolares y hospitalarias.
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Entender en lo referido al sistema normativo de las obras públicas.
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Entender en la formulación de planes de obras públicas y de emprendimientos susceptibles de crear inmediatas fuentes de trabajo.
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Entender en las políticas de promoción y proveer sistemas para optimizar las soluciones habitacionales, contemplando además la infraestructura mínima para los sectores más carentes de la sociedad.
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Entender en las relaciones con la entidad autárquica creada por Ley Nº 24.464.
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Entender en la planificación y ejecución de las obras necesarias para conservar y mejorar la capacidad instalada de la infraestructura educativa, cultural, deportiva y de salud, coordinando con los Ministros que correspondan, los pertinentes planes.
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Entender en las obras necesarias para el aprovechamiento de las cuencas y recursos hídricos.
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Entender en la aplicación del Sistema de Contrataciones de la Provincia.
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Entender en la elaboración de las estadísticas, censos e investigaciones.
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