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Aclaraciones sobre situación en finca El Cuchuy

Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable Noticias de Salta Ambiente 07/12/2017 13:59

Los trabajos de cambio de uso de suelo que se ejecutan en la finca El Cuchuy (departamento San Martín) desde 2014, fueron avalados por la autoridad competente provincial y se encontraron ajustados a la normativa ambiental vigente en el momento del dictado de la autorización.

Aclaraciones sobre situación en finca El Cuchuy

Aclaraciones sobre situación en finca El Cuchuy.

La Ley de Bosques Nativos (Ley de Presupuestos Mínimos) establece que las (provincias o jurisdicciones) dictarán sus Ordenamientos Territoriales de Bosques Nativos de acuerdo con los lineamientos y en función a criterios de conservación establecidos en la misma, como piso para determinar las diferentes categorías (bajo, mediano y alto).

La Autoridad de Aplicación en materia ambiental en la provincia es el Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable a través de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable y otorga las autorizaciones de planes de manejo de cambio de uso de suelo, como también de planes de manejos forestales y de conservación, una vez que se realizan las evaluaciones técnicas y siempre que cumplan con los requisitos establecidos (evaluación de impacto ambiental, audiencias públicas, etc).

La autorización del cambio de uso de suelo en cuestión se realizó en el marco del Decreto 2.211/10, a través del cual se aprobaba el Procedimiento de Análisis de Proyectos a Nivel Predial, en virtud de la escala en la cual se realizó la cartografía que sirve de base al mapa de ordenamiento territorial de bosques nativos, lo que permitía incorporar la posibilidad de presentar planes de ordenamiento de escala predial para determinar si en la superficie no confluyen los criterios establecidos por la ley y lo que orientativamente estableció la cartografía.

De este modo, se permitía analizar y autorizar a nivel predial el cambio de uso de suelo de determinadas superficies (que en la cartografía orientativamente habían sido categorizadas como de mediano valor de conservación –amarillo-) cuando aquellas no presentaran ninguna de las limitaciones productivas enunciadas por la ley y cuyas características no se contrapusieran con los indicadores y criterios de sustentabilidad abarcados por las normas ambientales.

Bajo esas condiciones, a partir de mediados de 2012, la Provincia de Salta autorizó proyectos para la producción agrícola y fundamentalmente ganadera. Durante ese período fueron autorizadas presentaciones realizadas por privados, entre los que se encontraba el proyecto de finca El Cuchuy.

Vale aclarar que los proyectos de cambio de uso de suelo autorizados cuando la ley lo permitía no se realizan en una sola acción sino por módulos y que los mismos se ejecutan con intervalos de tiempo entre uno y otro. En este marco, el actual desmonte en ejecución en el mencionado predio corresponde a un módulo autorizado oportunamente.

También es oportuno hacer notar que los proyectos autorizados durante la vigencia del decreto que permitía las categorizaciones no pueden ser revocados luego de la derogación del decreto en cuestión, ya que  la norma que derogó al 2211 no obligaba a readecuar.

Es importante tener en cuenta que consta en el expediente (foja 453 exp. 119-15742-2017) el acta acuerdo celebrada entre Braun Peña y Larrán Gastón por una parte y, por la otra, la comunidad wichí Laguna Cuchuy, en la que los primeros se comprometen a la donación de 300 hectáreas, que están dentro del 40% exigido por la Ley como reserva natural.

Asimismo, consta y se ratifica la conformidad de las comunidades respecto del área del proyecto en acta. (foja 479).

 Otras aclaraciones

 - Las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) tienen personería jurídica suficiente y legitimación activa para ejercer los derechos ambientales que crean vulnerados, por la vía judicial.

- No hay presentaciones en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable respecto al pedido de paralización del cambio de uso de suelo y no corresponde desconocer la propia norma. Sólo la Justicia podría paralizar la actividad.


Fuente: Secretaría de Comunicación

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