La Secretaría de Defensa del Consumidor recordó que los establecimientos educativos públicos de gestión privada de Salta tienen la obligación de informar por escrito el valor de la inscripción o reinscripción y de las cuotas que cobrarán el próximo período lectivo a los padres de sus estudiantes. Tienen plazo hasta el 31 de este mes, de acuerdo a la resolución 4198 del organismo provincial.
La normativa establece que las autoridades de los establecimientos deberán informar a los padres o responsables de los alumnos, antes del 31 de octubre de cada año, el valor de las cuotas. La disposición tiene consonancia con el artículo 4 de la ley 24240 de Defensa del Consumidor, que obliga a los proveedores a suministrar de manera cierta, clara y detallada las características de los bienes y servicios que provee y las condiciones de su comercialización.
La resolución es de cumplimiento obligatorio en toda la provincia de Salta y quienes no la respeten podrán recibir las sanciones dispuestas por la ley de Defensa del Consumidor. La información que se entregue a los padres deberá consignar lo siguiente:
- Importe de la matrícula de inscripción o reinscripción, en el caso que la hubiese, y condiciones de reintegro de la misma en el caso de desistir.
- Cantidad de cuotas totales por servicios educativos que se percibirán únicamente durante el año lectivo, con discriminación de conceptos.
- Monto de cada una de las cuotas que serán mensuales, iguales y consecutivas.
- Forma y plazo de pago y determinación de los recargos a aplicar en caso de mora.