Labran acta de infracción a comercio que realizaba recargo con tarjetas de crédito y débito
Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo Noticias de Salta 18/09/2014 14:15A raíz del reclamo de un consumidor, funcionarios de la Secretaría de Defensa del Consumidor, procedieron a la verificación de un cartel donde se exhibían además de las tarjetas de crédito, el cobro ilegal de los recargos que se efectuaban.
La secretaría de Defensa del Consumidor del Ministerio de Gobierno, a cargo de Santiago Godoy (h), labró ayer un acta de incumplimiento a la ley 25.065, la cual prohíbe las diferencias de precios entre un producto cuando se paga al contado y cuando se abona con tarjeta de crédito o débito.
En algunos casos denunciados por consumidores, al momento de la compra les informan que existe un recargo del 10%, que hay una diferencia entre el “precio de lista” y el de “contado-efectivo” o que los descuentos y promociones sólo se realizan por “pago de contado-efectivo”, justificando estas diferencias en la comisión que los bancos les cobran por operar con tarjetas de crédito o débito que oscila generalmente entre un 3% a un 5%.
Cabe aclarar que, quien está autorizado a aplicar el recargo cuando los pagos se realizan en cuotas con interés, son las entidades financieras o el banco, ya que son quienes financian las compras; no así el comerciante.
Godoy explicó que, “está prohibido que los comerciantes realicen éste tipo de prácticas y trasladen recargos abusivos a los consumidores”. Además, informó que “en aquellos casos que se detecten irregularidades los salteños pueden hacer la denuncia en las oficinas de Defensa al Consumidor; ya sea para el cese de la conducta del cobro indebido o devolución del porcentaje mal cobrado” finalizó en funcionario.
Multa a una confitería salteña
El organismo recordó que ya se aplicaron sanciones por este tipo de prácticas; una de las últimas a un local gastronómico ubicado en la zona del corredor Balcarce de la cuidad, por el monto de 6 mil pesos.
La firma denunciada había cobrado un aumento del 10% por querer abonar su consumición mediante tarjeta de crédito por el servicio prestado en el local de comidas; prohibido por la ley de tarjeta de crédito al efectuar diferencias de precios entre operaciones de contado y con tarjetas de crédito.
Fuente: Gobierno de Salta