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Modificaciones en los servicios de telefonía, internet y TV

Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo Info Útil Defensa del Consumidor 01/03/2018 08:00

Se amplía la esfera de derechos de los usuarios con la entrada en vigencia, desde el lunes, del reglamento de clientes de los servicios de tecnologías de la información y las comunicaciones.

La Secretaría de Defensa del Consumidor de la Provincia recuerda que está en vigencia el Reglamento de Clientes de los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), que detalla los derechos de los usuarios en relación con la contratación y rescisión de servicios vinculados a la telefonía, servicio de internet y TV.

Los puntos más importantes del nuevo reglamento:

1. Derecho a información clara y acceso a un simulador online

Las prestadoras deberán ofrecer información clara, detallada, cierta y gratuita sobre los servicios que ofrecen para que los usuarios tomen decisiones informadas.

Se les exige que incluyan en sus sitios web, en un sector destacado y de fácil acceso, un simulador para que los clientes puedan probar virtualmente cuánto les costaría efectivamente contratar cada uno de los planes ofrecidos.

2. Extensión del plazo de duración del crédito en el celular

El plazo de vigencia de cada carga de crédito para los clientes prepagos no puede ser inferior a 180 días corridos desde su acreditación, salvo promociones especiales.

En caso de rescisión contractual, el prestador deberá devolver el saldo de los créditos abonados por el cliente, dentro del plazo de treinta días corridos.

Si en un reclamo por una factura el cliente hubiera pagado un importe mayor al que le corresponde, la empresa le deberá devolver al usuario la diferencia más los intereses por mora.

3. Protección de los datos personales

Los datos personales del cliente no podrán ser utilizados por las empresas que prestan el servicio para fines que no hayan sido autorizados por el usuario.

4. Los mensajes con publicidad

La provisión de contenidos y aplicaciones, así como el envío de mensajes con fines publicitarios o comerciales, requiere de la previa y expresa adquisición por el cliente.

Quedan exceptuados los mensajes relacionados con la prestación del servicio, los que serán gratuitos y no se considerarán como mensajes no deseados.

5. Darse de baja debe ser sencillo e inmediato

La empresa está obligada a dar de baja el servicio cuando el cliente lo pida. Dentro de las 72 horas de efectuada la solicitud, se le deberá enviar al usuario una constancia de que la baja se realizó.

6. Las modificaciones en la contratación del servicio

Los contratos deberán ser celebrados por escrito y, a elección del cliente, en papel o formato digital. Toda modificación contractual propuesta por la compañía deberá figurar en su sitio web y además deberá ser informada al cliente con una anticipación no menor a 60 días corridos previos a su implementación.

Si el cliente no estuviera de acuerdo con la modificación propuesta podrá rescindir el contrato sin cargo, y comunicar esa decisión al prestador.

7. No se puede cobrar recargos por demora si la factura llega tarde

Los prestadores deberán enviar las facturas por correo postal al domicilio del cliente con una antelación mínima de 10 días corridos a la fecha de su vencimiento. En caso de entrega tardía de la factura, en ningún caso se podrá cobrar recargo al cliente ni suspender el servicio por falta de pago durante este período.

8. Garantía y asistencia técnica de equipos celulares

En el supuesto que el prestador provea el equipo terminal, será responsable del normal funcionamiento del equipo, así como de proporcionar garantía y asistencia técnica, según lo contemplado en los artículos 11 y 12 de la Ley de Defensa al Consumidor (24.240).

9. Garantías para personas con discapacidad

Los prestadores deberán garantizar a las personas con discapacidad el acceso al servicio en condiciones equiparables de uso al resto de los clientes, de conformidad con la normativa aplicable y la reglamentación que dicte la Autoridad de Aplicación.

10. El derecho a exigir compensación si el servicio no es de calidad

Las prestadoras deberán cumplir estrictamente con los indicadores de calidad previstos por la normativa respectiva (resolución 5/2013), los cuales serán medidos en forma periódica por Enacom, autoridad de aplicación. Ante un incumplimiento, el cliente tendrá derecho a una compensación que será determinada por ese organismo.

11. Atención al cliente

El cliente deberá disponer de una opción que le permita ser atendido en tiempo real por un operador. El cliente deberá tener una constancia del reclamo para poder hacer un seguimiento del caso en la página web de la compañía.


Fuente: Secretaría de Comunicación

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